jueves, 7 de febrero de 2013

Tribilín: los jardines maternales en la mira


Viviana Taylor
 

Tribilín es un personaje de historieta. Lo sé porque cuando era pequeña leí varias, y lo sé porque hoy –con mucha escuela caminada- estoy escuchando azorada la historieta que se está escribiendo sobre este supuesto Jardín Tribilín.

Las de mi infancia llenaron el concepto con justicia. Estas no: lo que debería ser un escándalo por los hechos y los responsables, se está convirtiendo en un escándalo por los hechos y lo que se oculta. Aunque, la verdad, no veo muchos escandalizados por esto último.

Lo que no termino de entender es si se trata de un verdadero ocultamiento, que en el momento en que escribo estas palabras –escucho sorprendida, pero no del todo, que me cuentan las noticias América- se está cobrando chivos expiatorios corporizados en dos inspectoras de educación; o si se trata de lisa y llana ignorancia, que también se está cobrando dos chivos expiatorios.

Vamos de a poco, porque el tema es complejo. Espero echar un poco de claridad sobre tanta oscuridad que estratégica y políticamente ampara demasiada e injustificada inoperancia.


Hablando de los jardines de San Isidro

La Municipalidad de San Isidro cuenta con 12 jardines de infantes propios (esto es, aparte de los que gestiona la Provincia de Buenos Aires dentro de su territorio). Todos ellos funcionan en dos turnos: de 8 a 12 y de 13 a 17 hs.

Cualquier inquietud o consulta que se tenga sobre ellos puede ser evacuada en la Dirección de Educación (Ituzaingó 531) de lunes a viernes, entre las 8 y las 16 hs. O llamando a 4512-3361/ 3243/ 3219.

Hasta ahí, todo bien. Pero resulta que, según el blog Comunidad Educativa Zona Norte, además –a través de la Subsecretaría de Acción Social- “mantiene jardines maternales que atienden las necesidades de los vecinos más pequeños del distrito, como así también sus padres.”

¿Por qué a través de la Subsecretaría de Acción Social y no de la Dirección de Educación?

En el blog se cita al Jardín Maternal Municipal Santa Rita, ubicado en Céspedes 2942, Villa Adelina (4513-7825): “Este establecimiento tiene una capacidad para 120 niños, de entre 45 días a 3 años. Se trata de una institución que atiende las necesidades biológicas y psicosociales de los niños en las edades establecidas precedentemente, apuntando al desarrollo integral de la personalidad”.

Nombra, además, al Jardín Maternal Municipal Santa Marina, ubicado en Tiradentes 1676, Boulogne (4513-7812): “Cuenta con capacidad para recibir 30 niños de entre 45 días y 3 años, su organización y objetivos, así como los servicios que prestan (sic) tienen las mismas características que los (sic) del  Jardín Maternal Santa Rita”.

Y por último al Jardín Maternal Municipal San Antonio, en Tomkinson 2300, San Isidro (4512-3182): “Cuenta con capacidad para recibir 40 niños de entre 45 días y 3 años. Su objetivo principal apunta a satisfacer todas las necesidades biológicas del niño, estimular y controlar (sic) su estructura psíquica, teniendo en cuenta el desarrollo integral del mismo. A su vez, brinda apoyo a las necesidades socioeconómicas y psicológicas de las familias.”

La referencia para pedir información sobre los jardines maternales municipales es la Subsecretaría de Acción Social -Don Bosco 411, San Isidro- 4512-3174/75. Y es aquí donde comienzan las irregularidades. Si hacemos un poco de historia, va a quedar claro por qué:


Hablando de los jardines de infantes. Un poco de historia
Hay una razón histórica que explica por qué los jardines maternales pueden haber quedado bajo la órbita de Acción Social. Que explica pero que no justifica, claro. De hecho, cuando se trata de hacer un poco de historia del Nivel Inicial en Argentina, el primer antecedente del cuidado de la infancia lo encontramos en la Casa de Niños Expósitos, fundada en 1779 por el Virrey Vértiz, para el cuidado de los niños abandonados.

Cuando se comenzó a pensar en la estructuración del sistema de instrucción pública estatal, se lo hizo en respuesta a un orden conservador cuya meta era la homogeneización, la centralización y el disciplinamiento de la sociedad. Dentro de ese contexto de ideas, Sarmiento propuso un modelo de institución educativa para la primera infancia, inspirado en el modelo de las cunas públicas y las salas de asilo de Francia, destacando su importancia justamente como lugares de homogeneización social temprana, capaces de modificar las pautas culturales familiares.

A pesar de que en 1870 ya había sido creado el primer jardín de infantes -fundado por Juana Manso, con subvención del Estado de la Ciudad de Buenos Aires-, y de que en 1875 se había sancionado la Ley de Educación de la Provincia de Buenos Aires, que estipuló que la función de los Consejos Escolares de Distrito era la creación de escuelas y de jardines de infantes, a principios del siglo XX el jardín de infantes era todavía fuertemente cuestionado. Leopoldo Lugones defendía la idea de que eran poco eficaces y perjudiciales para los niños, y que no debían iniciar su escolaridad antes de los 7 años. Paralelamente, la inserción laboral de la mujer a través de la docencia era fuertemente cuestionada por una sociedad católica y patriarcal. Y así fue como no sólo el crecimiento del nivel se detuvo, sino que se cerraron muchos jardines.

Con Yrigoyen llegaron las influencias de la llamada Escuela Nueva: un movimiento de renovación pedagógica basado en el respeto por las diferencias y los deseos de los alumnos, el aprendizaje en contacto con la naturaleza, el aprendizaje placentero, por el arte y la libre expresión. La educación inicial comenzó un proceso de jerarquización, e inició el camino para abandonar la idea de “guarderías” y avanzar hacia la de “jardines maternales”. Pero con el golpe militar del 76, el nivel volvió a sufrir ajustes y reestructuraciones; se prohibieron libros de niños y se determinaron qué canciones podían escuchar.

Con el regreso de la democracia, el Nivel volvió a tomar impulso, aunque recién con la Ley Federal de Educación (1993) se definieron sus objetivos y explicitaron los contenidos a través de los Contenidos Básicos Comunes.

A pesar de todos sus vicios, la Ley Federal de Educación tiene un mérito: fue la primera en organizar la educación argentina. Es la ley que plateó la obligatoriedad de la sala de 5 años, aunque no definió la responsabilidad político-económica de las salas de 4 y 3 años, ni del jardín maternal, quedando delegada la responsabilidad a las posibilidades de cada jurisdicción.

En el año 2006 se sancionó la Ley de Educación Nacional  26206, hoy vigente. Esta ley reconoce al Nivel Inicial desde los 45 días hasta los 5 años, quedando así jurídicamente organizado.

De esta manera, el Jardín Maternal forma parte del Nivel Inicial, aunque en la Provincia de Buenos Aires –y seguramente en todas las otras jurisdicciones- todavía no se cuenten los suficientes jardines estatales para dar respuesta a esta necesidad.

La primera y obvia consecuencia del hecho de que los jardines maternales formen parte de la estructura del sistema educativo es que estos son instituciones educativas y no de asistencia social. En consecuencia, deben cumplir con los contenidos que tanto las provincias como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecen.

Otra consecuencia es que, al formar parte de la estructura del sistema, el Nivel Inicial está atravesado por diferentes modalidades:

·        Educación Artística: y así acceden a profesores de las especialidades.

·       Educación Domiciliaria y Hospitalaria: que garantiza el acceso a la educación de los niños que por razones de salud se encuentran imposibilitados de asistir a la escuela.

·       Educación en Contextos de Encierro: sostiene la escolaridad para los niños menores a 4 años que están acompañando a sus madres, en situación de cárcel, promoviendo –además- su socialización fuera del contexto carcelario.

·       Educación Especial: para garantizar el acceso a la educación de los niños con necesidades educativas especiales, derivadas de alguna forma de discapacidad temporal o permanente.

·       Educación Intercultural Bilingüe: para garantizar el derecho de los pueblos indígenas a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer su cultura, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica.

·       Educación Rural: a través de estrategias de fortalecimiento del nivel y capacitación de los docentes para el trabajo en salas multiedad.


¿Quién enseña en los jardines?
La formación de los docentes se realiza en los Institutos Superiores de Formación Docente, que comprenden tanto las Escuelas Normales en su nivel superior como los Institutos Superiores de Formación Docente dependientes de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires.

·       A nivel nacional, se definen los marcos, principios, criterios, contenidos comunes y formas de organización.

·       A nivel jurisdiccional, de cada provincia y de la CABA, se desarrolla el diseño y plan de formación.

·       A nivel de cada institución, se definen las propuestas y acciones concretas.

La carrera de Profesorado de Nivel Inicial comprende un mínimo de 2600 horas reloj, a lo largo de cuatro años de estudios de educación superior. Y el título que se obtiene es Profesor/a de Educación Inicial.

Para acceder se debe poseer un título de nivel medio/secundario. Muchas jurisdicciones exigen además un examen psicofísico, y algunas –como en el caso de la Provincia de Buenos Aires- exigen uno de aptitud fonoaudiológica para poder realizar las prácticas docentes a partir de 2º año.


¿La educación privada también debe respetar estos principios?
La Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) tiene la responsabilidad de administrar, supervisar y acompañar al subsistema de Gestión Privada conforme con las políticas del Ministerio de Educación (Decreto 2075/07).

La Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada, DIPREGEP, dependiente de la Subsecretaría de Educación, es el área específica para la supervisión, fiscalización, control y acompañamiento de las instituciones educativas de gestión privada. Entre sus obligaciones reconoce la aplicación estricta de los diseños curriculares aprobados para el conjunto del sistema educativo.
 
O sea, más allá de los mitos y creencias, la educación privada está controlada por el Estado, y debe cumplir con los mismos lineamientos que la educación estatal.


¿Qué dicen quienes tienen algo que decir
sobre el Jardín Tribilín?

En su blog Comunidad Educativa Zona Norte, la periodista Lea Giarrocco publica un artículo titulado San Isidro: Maltrato en el Jardín Tribilín. Con los chicos, NO, también publicado en otro de sus blogs, El Sanisidrense.

Como casi todos los medios, aclara que el jardín no estaba inscripto en la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada, pero en un párrafo se juega con una afirmación que llama mi atención. Copio textualmente:

Toda la comunidad educativa esta (sic) en el ojo de tormenta tras este problema. Desde DIPREGEP tendrían que salir todos los Inspectores a verificar Jardín por Jardín, ya que se comenta en el ambiente que hay varios establecimientos que no están en regla.”

Cuando dice “todos los Inspectores”, ¿a quiénes se refiere? ¿A todos, todos? ¿O a quien tiene a su cargo la supervisión del nivel?

Por otra parte, ¿cómo supervisar lo que, según el párrafo anterior, para la Dirección no existe?

¿Se espera que tracen una cuadrícula en San Isidro y peinen todo su territorio, buscando en cada casa de familia, en cada salón infantil, en cada patio de juegos, en cada club de barrio, si está funcionando un jardín clandestinamente?
Y cuando habla de "ambiente", ¿de qué ambiente habla? Y si en cierto ambiente se habla del conocimiento de irregularidades de este tipo, ¿cómo es que no se denuncian? ¿Están esperando a que ocurra algo para -como muchos vecinos dijeron ante las cámaras- salir en público a comentar lo que ellos ya sabían y callaron? ¿Nadie se siente culpable por encubrimiento? ¿Nadie tiene, al menos, el pudor de callar ya que no habló cuando debió hacerlo? Ese misterioso ambiente en el que se comentan cosas, tiene ahora la oportunidad de hacer lo correcto. O sumarse a las huestes de los que no hablan cuando deben, pero fabulan cuando otros salen a hablar...

En el mismo artículo, se cita a la Tesorera del Consejo Escolar, Carolina Petikic, quien explicó las condiciones que debe cumplir un jardín privado:

a- Inscripción en DIPREGEP con su número correspondiente.

b- Habilitación edilicia municipal.

c- Personal educativo idóneo con título habilitante, auxiliares y médico pediatra.

Pasemos de la inscripción en DIPREGEP, que ya sabemos que no existió. Y, en la lógica de la burocracia, lo que no existe no se controla: porque no existe.

Pero respecto de la habilitación municipal no podemos decir lo mismo. Numerosas versiones sostuvieron durante estos días que había una habilitación del lugar como salón de fiestas infantiles, pero que dicha habilitación estaba vencida.  Si esta habilitación existió, durante algún momento de los 16 años de vida de este jardín, ¿en ningún momento se acercó un inspector municipal a controlar que lo que allí funcionaba era lo que estaba declarado? ¿No se pidió habilitación para el cartel del frente, o eso tampoco fue controlado? ¿Durante 16 años no se programó ninguna desinfección, desinsectación ni desratización, en el transcurso de las cuales se hubiese llegado a sospechar irregularidades? Si allí se suponía que funcionaba un salón de fiestas infantiles, y si estaba habilitado para servir comida, ¿nunca intervino bromatología? ¿Cuántas personas tienen que estar distraídas, durante 16 años, para que nadie –nunca- haya advertido nada?

De hecho, en la página oficial San Isidro/Prensa, respecto de las habilitaciones de comercios, dice: “La Municipalidad tiene la responsabilidad sobre el inicio como también sobre el retiro de habilitaciones comerciales, industriales, depósitos y extensión de permisos de electromecánica (instalaciones eléctricas y ascensores).”
Entonces, me pregunto: cuando la habilitación venció, ¿nadie controló si el negocio declarado seguía existiendo? Y si se la había dado de baja, ¿nadie controló que se estuviesen cumpliendo las condiciones para su retiro?

Por eso las declaraciones -al menos tal como están citadas en la nota- de la vicepresidente del Consejo Escolar de San Isidro Mirta Ramírez, respecto de que “es responsabilidad de los Inspectores de gestión privada (DIPREGEP), y que tanto el Consejo Escolar de San Isidro como así la Municipalidad no son responsables del accionar privado educativo” suenan a palabras vanas. En este caso, la no responsabilidad del municipio no es algo que se pueda seguir sosteniendo sobre la base de estos hechos.

Por supuesto, tanto las Consejeras Carolina Petikic como Mirta Ramírez, repudiaron el proceder del Jardín Tribilín y recomendaron a los padres que antes de inscribir a sus hijos en un jardín de educación privada corroboren si están habilitados y con personal con título habilitante.

Pero no es fácil hacerlo. La mayoría de los padres no es capaz de distinguir entre una habilitación municipal como local comercial y un nº de DIPREGEP que reconoce a una escuela; ni entre un título docente habilitante y uno de esos cursos tan publicitados para recibirse de maestra jardinera en 1 año. Para eso está el Estado, en este caso municipal: para ejercer la vigilancia y los controles que los vecinos le han delegado.

Por su parte, la Directora General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Nora De Lucía, y el Secretario de Niñez y Adolescencia Pablo Navarro, denunciaron ante la fiscalía de turno a los dueños, directivos y maestras del jardín. Podríamos preguntarnos qué jurisdicción tienen para intervenir, dado que este jardín no pertenece a la estructura del sistema educativo de la provincia. Bien, fueron rápidos de reflejos e hicieron lo que debían hacer: la denuncia fue por maltrato a los niños. Unos reflejos que debió haber tenido el Intendente Gustavo Posse, quien se preocupó más por excusarse en la ignorancia y mostrarse antes víctima que buscar a los verdaderos corresponsables por incumplimiento de sus funciones de control en el ámbito municipal. Una corresponsabilidad cuyo eco sonaba demasiado cerca.

De Lucía, además, instruyó a la Dirección Provincial de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social para que preste asistencia profesional a los niños que concurrían a este jardín.

Y fue más allá todavía: inició un sumario administrativo y separó de sus cargos a la Inspectora Regional Mónica Seal y a la Inspectora Distrital de San Isidro Patricia Naso, mientras dure la investigación para determinar presuntas responsabilidades. Por mi conocimiento sobre el sistema, y en relación con los datos que manejo (si no hay otros que desconozco) me atrevo a aventurar que las Inspectoras serán restituidas en sus funciones, libres de toda culpa y cargo. Me gustaría que se avanzara en investigaciones a nivel municipal porque todo parecería indicar que lo ocurrido estuvo facilitado por una cadena de corrupción y desidia vinculada con los mecanismos de habilitación municipal.


Y ahora… ¿qué?

Según los datos disponibles, la educación inicial en nuestro país avanza. Tiene sus muchas luces y brillos, pero también sus sombras; sus  avances y sus déficits.

La inclusión de niños de entre 45 días y 2 años en los centros educativos del país no llega todavía al 10%, pero se ha avanzado mucho en los últimos 4 años.

De los niños de 3 años, más del 40% concurre a establecimientos educativos. A los 4 años llegan al 75% y a partir de los 5 años la asistencia es casi total. No es poco en un país donde el 23,7% de los chicos menores de seis años vive en la pobreza, y para los que la educación la única esperanza para superarla.

Con la promulgación en el 2006 de la Ley Nacional de Educación, vigente en la actualidad, se incorporaron los jardines maternales a la organización de la Educación Inicial, y se promueve la universalización de la sala de 4 años (es decir que, sin hacerla obligatoria, esté garantizado que todos los niños tengan vacantes disponibles para su asistencia).

Y con la sanción en 2007 de la Ley Nº 26.233 sobre Centros de Desarrollo Infantil, a través de la cual se los promueve y regula, se crearon estos “espacios de atención integral de niños y niñas de hasta 4 años de edad, que además realicen acciones para instalar, en los ámbitos familiar y comunitario, capacidades que favorezcan la promoción y protección de los derechos de niños y niñas”.
 
Lo que se busca es subsanar las consecuencias de las desigualdades socioeconómicas en el rendimiento escolar de los alumnos más pequeños. Dar más y mejor cobertura a la escolaridad de los sectores sociales que más podrían beneficiarse de ella.

 

Viviana Taylor


Al cierre de esta nota: Concejales descubrieron que San Isidro reconocía al jardín de los maltratos como establecimiento educacional

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